miércoles, 5 de marzo de 2014

Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica

 
 
 

TEXTO


EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
 
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
 
PREÁMBULO
 
Corresponden a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de fomento de la investigación (artículo 26.15 de su Estatuto de Autonomía) y las potestades de desarrollo legislativo, incluida la reglamentaria, y de ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado, en materia de investigación científica y técnica de interés para la Comunidad de Madrid (artículo 27.5 del Estatuto). Al amparo de tales títulos competenciales, así como de algunos otros que, de forma indirecta inciden sobre la materia aquí considerada, como los relativos a la potestad de autoorganización y al fomento del desarrollo económico de la Comunidad (artículos 26.1 y 11 del Estatuto de Autonomía), la presente Ley regula por primera vez de forma global y sistemática la actuación de los poderes públicos de la Comunidad de Madrid en materia de investigación científica e innovación tecnológica.
Los objetivos fundamentales de la presente Ley parten de la idea básica de que la investigación científica está estrechamente unida a la innovación y ésta a la mejora de la competitividad y la economía de la región, lo que puede traducirse en la creación de empleo y mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Con otras palabras, la investigación científica y la innovación tecnológica no son términos contrapuestos, sino complementarios. Para el fomento de ambas, deben trabajar conjuntamente las administraciones, los centros de investigación y los agentes económicos y sociales, asumiendo cada uno su función diferente y complementaria.
Se parte, por tanto, de la necesidad de un sistema de ciencia-tecnología-empresa-sociedad.
Una vez asumida esta base, se deducen tres líneas principales de actuación. En primer lugar, apoyar la investigación de calidad. En segundo lugar, poner en contacto la investigación de calidad con distintas administraciones y los agentes económicos y sociales con capacidad de innovación. Una tercera línea de actuación, necesaria en los momentos actuales, consistiría en incorporar a la región de Madrid a los ejes de la política de la Unión Europea a través de los proyectos regionales de innovación y la participación en las redes europeas.
La implicación de la Comunidad de Madrid en estas tareas hace necesaria la coordinación de los órganos de la Comunidad para la elaboración de la política regional de investigación científica e innovación tecnológica.
Esto se traduce en la regulación de los órganos responsables de esta política, como son la Dirección General de Investigación, la Comisión Interdepartamental y el Consejo de Ciencia y Tecnología.
En relación con los investigadores y las empresas, esta Ley pretende regular el régimen de ayudas a la investigación, adecuándolo a las exigencias de las actividades de I + D; plantea la necesidad de potenciar los centros tecnológicos regionales de apoyo a las empresas; contempla la creación de una red de transferencias de tecnología de la Comunidad de Madrid; la adopción de medidas fiscales de estímulo a la inversión privada en I + D; implica a los organismos públicos de investigación en los objetivos de la Comunidad; propone dar la adecuada proyección nacional e internacional a las actividades científico-tecnológicas desarrolladas en nuestra región.
Las especiales características de la Comunidad de Madrid en temas de investigación (concentración de centros públicos de investigación, de universidades, de investigadores y sede de un gran número de empresas innovadoras), nos obliga a tomar conciencia de la importancia de mantener su alta cota de producción científico-tecnológica. Por tanto, la Ley también contempla el fomento de la cultura científica de los ciudadanos y promueve el acceso a ella.
En resumen, la Ley pretende conseguir que todos los agentes implicados en las actividades de I + D participen en la tarea de fomentar la investigación científica y el desarrollo tecnológico de la región, de forma que se conviertan en señas de identidad y elementos fundamentales para su competitividad como Comunidad.

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