lunes, 31 de marzo de 2014

Ley 2/2013, de 2 de abril, de modificación de la Ley 13/2010, de 24 de noviembre, del Consejo de la Juventud de Extremadura

 
 
 

TEXTO

 
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
 
Sea notorio a todos los ciudadanos que la Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, vengo a promulgar la siguiente ley.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
La presente ley tiene por objeto la regulación del régimen jurídico de la figura del Presidente del Consejo de la Juventud de Extremadura, estableciéndose una relación laboral de carácter especial de alta dirección, con dedicación exclusiva, obligación de publicar determinados datos concernientes a ingresos, patrimonio y actividades, así como la exclusión del régimen indemnizatorio en atención al origen de su nombramiento.

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