martes, 1 de abril de 2014

Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014

 
 
TEXTO
 
Corresponde a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria), en cuanto ente público encargado de la aplicación del sistema tributario estatal y del aduanero, un papel esencial en el cumplimento de la senda de consolidación fiscal que ha permitido una importante reducción del déficit público en los años anteriores y cuya principal novedad en 2014 es que dicho proceso se enmarca en un entorno de moderado crecimiento económico.
En efecto, es responsabilidad de la Agencia Tributaria allegar los recursos públicos necesarios para la financiación de los servicios públicos fomentando el cumplimiento voluntario no solo mediante el aumento del nivel de la calidad de los servicios que presta a los contribuyentes sino también a través de la mejora de la eficacia de la lucha contra el fraude que constituye para la Agencia Tributaria una línea prioritaria de actuación.
Una de las principales características de la actuación de la Agencia Tributaria es la planificación de sus actuaciones, como elemento que permite establecer de un modo preciso y ordenado las prioridades de los diferentes órganos y áreas de la Agencia Tributaria y efectuar un seguimiento y medición de los objetivos asignados y de los resultados obtenidos.
En este proceso planificador, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero es fundamental, en cuanto marca y establece las líneas prioritarias de actuación de la Agencia Tributaria para el año en curso. El Plan Anual, al que el artículo 116 de la Ley General Tributaria atribuye carácter reservado, se estructura en los correspondientes Planes Parciales de Control de Inspección Financiera y Tributaria, de Aduanas e Impuestos Especiales, de Gestión Tributaria y de Recaudación.
Como es sabido, en el año 2012 se aprobaron un conjunto de medidas normativas muy novedosas que han permitido un refuerzo de las actuaciones de control y de lucha contra el fraude, como son la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude o la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica el Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social.
También en 2013 se han producido importantes cambios normativos como los que se derivan de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización o los incluidos en la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Medidas normativas a las que hay que añadir las adoptadas por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, además de las adoptadas en 2012 con una importante repercusión en el ejercicio 2014.
Todo ello conforma un entorno normativo muy dinámico que si desde el punto de vista de la lucha contra el fraude ha supuesto un importante refuerzo de la actuación de la Agencia Tributaria, desde el punto de vista de los servicios de asistencia y ayuda al contribuyente implica un reto especial de flexibilidad y capacidad de adaptación para dar cumplida respuesta a este entorno tan cambiante.
Como no puede ser de otro modo, la planificación de las actuaciones parte y se asienta en lo realizado en años anteriores incorporando nuevas actuaciones y reforzando las existentes con anterioridad. Todo ello se explicita en las líneas directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014, que contienen los principios generales que lo inspiran y una referencia a las actuaciones de prevención y control del fraude más relevantes articuladas en torno a tres grandes ejes: la comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero, el control del fraude en la fase recaudatoria y la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.
En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones que me están conferidas, he acordado:
Aprobar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014 que, a continuación, se enuncian y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» así como su difusión por cualquier medio que resulte adecuado para su general conocimiento.

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