martes, 29 de abril de 2014

Ley Foral 4/2014, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra

 
 
 

TEXTO

 
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
 
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se modifica la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
La Ley Foral 23/2013, de 2 de julio, modificó la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra en varios de sus artículos. Entre otros, se reformó el artículo 51, referente a la vigilancia de los acotados de caza.
Dicha modificación ha generado una situación de incertidumbre entre los cazadores navarros, que han manifestado dudas sobre la interpretación de dicho artículo, así como sobre las consecuencias de su aplicación.
Procede así adecuar la redacción del artículo 51 de forma que se plasmen de manera más clara y ajustada a las necesidades los casos en que es necesaria la existencia de un sistema de guarderío de caza en los acotados.
Por otro lado, se han detectado dos errores en la citada actualización de la normativa de caza.
Al eliminar la letra e) del apartado 2 del artículo 20, se suprimió el punto que indicaba quién era el responsable de dotar al acotado de la vigilancia suficiente. Es preciso corregir esta deficiencia.
Al modificar la letra b) del apartado 1 del artículo 21, se suprimió, por error, la obligación de «Comunicar al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda la aparición de enfermedades sospechosas de epizootias, así como los sucesos de envenenamiento y usos de artes prohibidas en los cotos». Es necesario mantener esta exigencia.

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