lunes, 28 de enero de 2013

Real Decreto 1/2013, de 11 de enero, por el que se modifica el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad aprobado por Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto

 
 

TEXTO

 
El artículo 24 de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas creó el Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción. Ese mismo artículo establece el mandato dirigido al Gobierno para regular este centro con la finalidad de investigar, fomentar, promover iniciativas, coordinar actuaciones y extender la subtitulación y la audiodescripción como medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
El objeto de este real decreto es cumplir con dicho mandato, integrando el Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción en el Real Patronato sobre Discapacidad, como Centro Asesor y de referencia en materia de accesibilidad audiovisual mediante el subtitulado y la audiodescripción. Asimismo, se regula sus funciones, régimen de funcionamiento y organización.
Por otra parte, el real decreto tiene como objetivo el incorporar los derechos de las personas con discapacidad como enfoque principal en la actividad del Real Patronato sobre Discapacidad, de acuerdo con lo previsto en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada el 21 de abril de 2008, y en vigor en España desde el 3 de mayo de 2008. Esta Convención supone un paso esencial en materia de derechos de las personas con discapacidad y un giro sustancial en el enfoque del papel de los poderes públicos y de las acciones en materia de discapacidad, y debe estar presente en la norma regulatoria del Real Patronato.
Asimismo, su artículo 4 prevé que los Estados partes se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la misma. En virtud de tal mandato, se aprobó la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad y se aprueba este real decreto.
Además, se refuerza la presencia de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias en el Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad.
Finalmente, por razones de eficiencia en el funcionamiento del organismo, se redistribuyen determinadas funciones entre los órganos directivos del mismo, y se procede a una revisión terminológica de los artículos modificados, de acuerdo con la perspectiva de género y con las reestructuraciones ministeriales llevadas a cabo.
Este real decreto se ha sometido a informe del Consejo Nacional de la Discapacidad.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de enero de 2013,
DISPONGO:

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