viernes, 24 de enero de 2014

Real Decreto 1/2014, de 10 de enero, por el que se crea la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Misión Diplomática Permanente de España en Canadá

 
 
 

TEXTO

 
Por Real Decreto 1172/2007, de 10 de septiembre, se suprime la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Misión Diplomática Permanente de España en Canadá.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, mediante Sentencia de 17 de noviembre de 2009, anula el Real Decreto 1172/2007, de 10 de septiembre, por el que se suprime la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Misión Diplomática Permanente de España en Canadá, por no ser conforme a derecho, con lo que estima el recurso contencioso administrativo número 60/2008 interpuesto contra dicha disposición.
Por Auto de 5 de junio de 2013 esa Sala dispuso la ejecución de la citada sentencia firme, por lo que se debe promover el procedimiento administrativo correspondiente para restablecer la Consejería de Empleo y Seguridad Social en la Misión Diplomática de España en Canadá.
Este real decreto se dicta en cumplimiento de dicho pronunciamiento judicial y al amparo de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el exterior.
La Consejería de Empleo y Seguridad Social, que se crea por este real decreto, asumirá las funciones que hasta ahora ha venido desempeñando la Sección de Empleo y Seguridad Social, con sede en Ottawa, creada por Orden AEC/19/2008, de 8 de enero, que será suprimida, con arreglo a lo dispuesto por el Real Decreto 426/1993, de 26 de marzo, por el que se regulan las Secciones de Asuntos Laborales y de Seguridad Social de las Oficinas Consulares.
En su virtud, a iniciativa conjunta del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de enero de 2014,

No hay comentarios:

Publicar un comentario