martes, 10 de diciembre de 2013

Real Decreto Legislativo 1299/1986, de 28 de junio, por el que se modifica el texto refundido de los impuestos integrantes de la Renta de Aduanas

 
 
 

TEXTO

 
La integración de España en la Comunidad Económica Europea tras la ratificación del Tratado de Adhesión, por Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto, exige, según los términos del Tratado, la necesidad de adecuar la legislación nacional en materia de Unión Aduanera a las normas de derecho derivado vigentes en la Comunidad.
Las Directivas Comunitarias 79/623/CEE, 79/695/CEE y 81/177/CEE, relativas a la armonización de disposiciones en materia de deuda aduanera, de despacho a libre práctica y del despacho de exportación y la regulación comunitaria de la asistencia mutua en materia de cobro, consecuencia de las Directivas 76/308/CEE y 77/794/CEE, hacen preciso recoger en nuestro ordenamiento dicha normativa al quedar afectados los elementos de la relación jurídico tributaria comprendidos en el vigente texto refundido de los impuestos integrantes de la Renta de Aduanas, aprobado por Real Decreto 511/1977, de 14 de febrero.
A fin de posibilitar la aludida adecuación de nuestras disposiciones a las Directivas de la CEE, 47/1985, de 27 de diciembre, delega en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de Ley, previo dictamen del Consejo de Estado, cuando la adaptación a las Directivas de la CEE exija la promulgación de normas internas de tal rango y, exclusivamente, para la regulación de aquellas materias que queden afectadas.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 47/1985, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de junio de 1986,
 
DISPONGO:

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