jueves, 5 de diciembre de 2013

Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas

 
 
 

TEXTO CONSOLIDADO
 
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
El Centro de Investigaciones Sociológicas es un Organismo autónomo que tiene por finalidad el estudio científico de la sociedad española. Ese carácter administrativo le fue conferido por la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, como parte de una amplia reestructuración organizativa de la Administración General del Estado. Posteriormente, su organización y funcionamiento fueron regulados por el Real Decreto 1526/1990, de 8 de noviembre.
Esta legislación supuso un importante avance en la modernización del Centro y en la transparencia de su funcionamiento. Una de las principales innovaciones fue la introducción del principio de público e igual acceso a los datos resultantes de su actividad científica, lo que suponía poner la producción científica del Centro a disposición del conjunto de la sociedad, dado que hasta ese momento el acceso a su banco de datos estaba reservado principalmente a los investigadores del mundo académico.
La experiencia acumulada desde entonces y la notable relevancia política y social adquirida por el Centro de Investigaciones Sociológicas en los últimos años aconsejan dotar a éste de una regulación jurídica que, manteniendo su naturaleza y funciones, precise mejor los términos del acceso público a los resultados de su actividad científica y asegure una mayor vinculación con las Cortes Generales, con la finalidad de facilitar un mejor conocimiento de la sociedad española a sus legítimos representantes.

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