sábado, 21 de diciembre de 2013

Ley 2/1992, de 28 de febrero, por la que pasan a denominarse oficialmente Girona y Lleida las provincias de Gerona y Lérida

 
 
 

TEXTO

 
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
A través de dos Decretos de 27 de junio de 1980 se autorizó a los entonces ayuntamientos de Gerona y Lérida a cambiar el nombre de sus municipios por el de su origen catalán, que es el de Girona y Lleida, respectivamente.
La propia tradición histórica, cultural y literaria de estas ciudades justificaron el cambio oficial de su denominación, que a la vez debe extenderse al nombre de las provincias cuya capitalidad jurídicamente ostentan, de acuerdo con lo establecido en el Decreto de 30 de noviembre de 1833.
No obstante, actualmente se sigue manteniendo la denominación oficial de Gerona y Lérida para las mencionadas provincias, que provoca una evidente discordancia con el nombre oficial de los municipios a los que deben forzosamente adecuarse los mismos. El propio Decreto de 30 de noviembre de 1833 establece en su artículo 1.º que las provincias «tomarán el nombre de sus capitales respectivas, excepto las de Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que conservarán sus actuales denominaciones».
Por otro lado, las mismas razones históricas y culturales que avalaron la denominación oficial de los municipios de Girona y Lleida se hacen igualmente extensibles para el nombre de las respectivas provincias, además de una manifiesta aceptación popular y social de la mencionada toponimia por parte de los habitantes de las mismas.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que la Diputación de Girona (en sesión plenaria celebrada el 21 de octubre de 1986) y la Diputación de Lleida (en sesión plenaria celebrada el 18 de febrero de 1982) acordaron por unanimidad solicitar el cambio de la denominación oficial de sus respectivas provincias, en el mismo sentido que ahora se propone por la presente Ley.

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