viernes, 20 de diciembre de 2013

Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia

 
 
 

TEXTO

 
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
El Parlamento de Galicia aprobó, en sesión celebrada el 21 de noviembre de 2000, la remisión a las Cortes Generales de la proposición de Ley de Declaración del Parque Nacional de las Islas Atlánticas, en la que se incluían los archipiélagos de las islas Cíes, Ons y Sálvora.
La protección de estos archipiélagos se inició en los años ochenta al declararse, mediante Real Decreto 2497/1980, el Parque Natural de las Islas Cíes por sus singulares características de flora, fauna y paisaje. Posteriormente, la Junta de Galicia elaboró el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, aprobado por Decreto 274/1999, de 21 de octubre, en el que además de las Islas Cíes se incluyeron los archipiélagos de Ons y Sálvora, con el fin de conservar la integridad de los ecosistemas presentes en estas islas.
Por otra parte, la existencia de valores naturales, culturales y etnográficos de gran interés en el archipiélago de Cortegada, situado en la ría de Arosa, puestos de manifiesto en el proceso de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de dicho espacio natural, aconseja la ampliación de los límites propuestos para incluir dicho archipiélago en el Parque Nacional.
La singularidad y riqueza faunística de las Islas Atlánticas, la variedad de formaciones vegetales, la espectacularidad paisajística del interés geomorfológico constituyen un patrimonio natural y cultural de indudable valor científico, recreativo y educativo, que justifica declarar de interés general de la Nación su conservación, configurando este espacio natural como Parque Nacional, incluido en la red integrada por dichos parques.
La declaración como Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia, así como su inclusión en la red de Parques Nacionales, supone la incorporación a la misma de una selección de las mejores muestras del patrimonio natural español correspondiente a las costas atlánticas que, pese a estar incluidas en el anexo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, son unos de los sistemas naturales españoles no representados hasta la fecha en la red de Parques Nacionales.
Por último, dado que el espacio físico del Parque incluye tanto zonas terrestres como marinas, la presente Ley prevé las medidas necesarias para la coordinación de las competencias sobre ambos ámbitos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario