martes, 3 de diciembre de 2013

Ley 13/1999, de 21 de abril, de adhesión de España a diversos acuerdos del Fondo Monetario Internacional

 
 

TEXTO

 
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
En estos últimos meses el sistema financiero y monetario internacional se está viendo afectado por frecuentes perturbaciones, resultado fundamentalmente de la inestabilidad financiera de algunos países que se han encontrado con dificultades para afrontar sus compromisos internacionales que, en opinión de las principales instituciones económicas internacionales, está agravándose en las últimas semanas, afectando de modo cada vez más evidente sobre la capacidad de crecimiento futuro de la economía mundial. Algunos de estos países están, ante esta situación, realizando peticiones a los organismos financieros internacionales, especialmente al Fondo Monetario Internacional, para obtener facilidades financieras con las cuales poder renegociar su situación crediticia y obtener recursos que financien sus planes de estabilización.
El número de países que demandan en estos momentos este tipo de ayudas se ha incrementado al aumentar simultáneamente la inestabilidad financiera a nivel internacional. Los recursos para satisfacer este tipo de demandas se están haciendo cada vez más escasos y es necesario que aquellas naciones que disponen de una posición financiera a nivel internacional más sólida hagan efectivos sus compromisos con estos organismos financieros mundiales.
En este sentido, las instituciones financieras internacionales, especialmente el Fondo Monetario Internacional, están comprometidas en un denodado esfuerzo para lograr una adecuada atención de estas demandas.
Esta norma posibilita, en primer lugar, el pago por el Reino de España del importe del aumento de su cuota en el Fondo Monetario Internacional hasta el montante de 3.048,9 millones de derechos especiales de giro, de conformidad con lo estipulado en la Resolución número 53-2, adoptada, con efectos desde el 30 de enero de 1998, por la Junta de Gobernadores de dicho organismo.
También se autoriza la participación del Reino de España en los nuevos acuerdos para la obtención de préstamos del Fondo Monetario Internacional con un compromiso máximo de financiación de 672 millones de derechos especiales de giro, dando así cumplimiento a la decisión aprobada por el Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional en su sesión de 27 de enero de 1997.
En tercer lugar, se autoriza la ratificación por el Reino de España de la cuarta enmienda al Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional, lo que implica la aceptación de una nueva asignación de derechos especiales de giro, que para España supone un aumento de 268,5 millones de derechos especiales de giro, pasando de los actuales 298,8 millones al nuevo montante de 567,3 millones de derechos especiales de giro.
Por último, y para posibilitar una reacción inmediata en el caso de que la evolución de la situación económica internacional así lo exigiera, se faculta al Consejo de Ministros para asumir compromisos adicionales ante el Fondo Monetario Internacional hasta un importe máximo equivalente a 3.000 millones de dólares como contribución de España a los mecanismos de ayuda multilateral que el Fondo Monetario Internacional pudiera establecer. La parte española sería proporcionada por el Banco de España, y figuraría en su balance como activo frente al Fondo Monetario Internacional. Con ello se pretende dotar al Gobierno de la flexibilidad suficiente para poder colaborar a estabilizar áreas económicas tan sensibles para la economía española, como los países iberoamericanos, con los cuales las relaciones económicas y financieras son cada vez más estrechas.
El Reino de España es consciente de la importancia que su contribución, y la de otros países que disponen de una sólida situación financiera internacional, tiene para el adecuado desarrollo de las funciones del Fondo Monetario Internacional. Ello, en última instancia, constituye un apoyo claro a la estabilización de estas economías con dificultades y, por ende, de la economía mundial y de nuestra propia economía. Por ello es necesario, a la mayor brevedad posible, hacer efectivos los compromisos que se han contraído con el Fondo Monetario Internacional, que, dado que estas operaciones se realizan con cargo a la cuenta de reservas del Banco de España, no tendrán impacto presupuestario alguno. La presente Ley pretende habilitar para la asunción de esas obligaciones y al mismo tiempo articular mecanismos a través de los cuales se pueda apoyar a una zona de potencial inestabilidad, que son los países iberoamericanos.

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