martes, 3 de diciembre de 2013

Ley 10/1999, de 21 de abril, de modificación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

 
 
 

TEXTO


JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
La modificación de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, habilita a los municipios a especificar en sus respectivas ordenanzas los tipos, definidos en la Ley, que corresponden a las infracciones cuya sanción se atribuye a los Alcaldes. Se pretende con ello solucionar las dificultades que viene planteando a los Alcaldes la ausencia de una habilitación expresa en la Ley para que las ordenanzas municipales puedan establecer dicha especificación dentro del tipo correspondiente a cada infracción definido en el propio texto legal. La concreción de los tipos se realizaría siempre dentro de los límites establecidos al respecto por el artículo 129.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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