lunes, 6 de mayo de 2013

Ley 12/2000, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal

 
 

TEXTO


JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A todos los que la presente vieren y entendieren.
 
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley Orgánica.
 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
 
La promulgación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, impone una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, ya que dicha Ley Orgánica establece un nuevo marco penal, fundamentado en unos principios orientados a la reeducación de los menores de edad infractores y en el reconocimiento expreso de todas las garantías que se derivan del respeto de los derechos constitucionales y de las especiales exigencias del interés del menor, y atribuye al Ministerio Fiscal una posición relevante, en su doble condición: por una parte, como institución que constitucionalmente tiene encomendada la función de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, y, por otra, como institución a la que se encomienda la iniciativa procesal, concediéndole amplias facultades para acordar la terminación del proceso.
Por ello, una efectiva aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, tal y como establece su disposición final segunda, requiere la introducción de ciertos cambios en la organización del Ministerio Fiscal, así como una especialización funcional, dirigida a permitir una adecuada actuación del Fiscal en la instrucción de los procesos a los que es llamado por la Ley.

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