jueves, 4 de abril de 2013

Real Decreto 1033/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, y el Real Decreto 725/1993, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, de creación del distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey

 
 

TEXTO

 
El Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre la reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey, especifica en su artículo 5.2 que los Ayudantes de Campo de Su Alteza Real el Príncipe de Asturias se integrarán en el Cuarto Militar de Su Majestad el Rey.
Dado el carácter singular de dicho puesto, parece adecuado que el personal que lo ejerza, al cesar en el mismo, se vea premiado con una distinción de carácter honorífico, tal como sucede con los Ayudantes de Campo de Su Majestad el Rey.
El Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, crea el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey y el Real Decreto 725/1993, de 14 de mayo, que modifica a éste, establece quiénes pueden usarlo, mientras formen parte de la Casa o con carácter permanente.
El distintivo se creó con la finalidad de reconocer los servicios del personal militar de la Casa de Su Majestad el Rey, así como de premio y timbre de honor para quienes pudieran ostentarlo posteriormente.
Parece conveniente ampliar el uso de tal distintivo al personal funcionario civil, perteneciente a Cuerpos que tengan atribuido reglamentariamente uniformidad oficial, y a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en su uniformidad.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Defensa, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2001,
 
D I S P O N G O :

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