jueves, 4 de abril de 2013

Ley 10/1995, de 24 de abril, por la que se modifica la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y se crea la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción

 
 

TEXTO


JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
 
A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN
 
SABED: QUE LAS CORTES GENERALES HAN APROBADO Y YO VENGO EN SANCIONAR LA SIGUIENTE LEY.
 
EXPOSICION DE MOTIVOS
 
Con ocasión del debate de Política General sobre el estado de la Nación celebrado los días 19 y 20 de abril de 1994 en el Congreso de los Diputados, se adoptaron una serie de resoluciones instando al Gobierno de la Nación a promover y adoptar, en su caso, determinadas medidas de orden legislativo.
En concreto, fue aprobada una por la que se insta al Gobierno a promover la modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para la creación de una Fiscalía Especial para la represión de los delitos de naturaleza económica y corrupción. Sus funciones consistirán fundamentalmente en la intervención en los procesos penales por delitos económicos relacionados con la corrupción y en la coordinación de actuaciones de las distintas fiscalías en orden a la prevención y represión de estos delitos.
A estos efectos obedece la Ley que modifica el aludido Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, partiendo del hecho de la conveniencia siempre deseable de la especialización orgánica y funcional que se hace necesaria como remedio para el problema de nuevas formas de delincuencia que se apartan de aquélla que podríamos llamar «tradicional» y que ha venido en definirse como delincuencia económica.
Dado el carácter que se pretende de esta Fiscalía Especial es obvio que la práctica puede servir de pauta y guía para lograr un encaje correcto y una articulación adecuada. En este sentido, se ha considerado válido el modelo de la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas, cuya implantación y desarrollo por la Ley 5/1988, de 24 de marzo, ha puesto de manifiesto el acierto legislativo en la persecución de los fines que legalmente le fueron atribuidos.
Para ello el marco legislativo adecuado es la modificación de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en cumplimiento del artículo 124.2 de la Constitución que diseña un Ministerio Fiscal que actúa por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

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